El autoconsumo colectivo es una instalación de placas solares compartida entre varios participantes. Un sistema de autoconsumo compartido puede pertenecer a cualquiera de las modalidades que se definen en el Real Decreto 244/2019.
El autoconsumo colectivo es una instalación de placas solares compartida entre varios participantes. Un sistema de autoconsumo compartido puede pertenecer a cualquiera de las modalidades que se definen en el Real Decreto 244/2019.
El acuerdo de reparto de la energía es un documento que deben firmar todos los participantes de una instalación de autoconsumo colectivo, el cual debe fijar todos los criterios de reparto de la energía producida entre todos los participantes. En este acuerdo debe figurar:
El autoconsumo compartido presenta múltiples ventajas, principalmente en términos de rentabilidad económica. Entre ellas, destacamos:
Debido a la economía colaborativa, se reducen gastos en duplicidades frente a la instalación individual. Además, instalar una mayor potencia salva el escalón económico de entrada, es decir, más energía a menor coste.
Al contar con una inversión menor, los plazos de amortización se reducen. Frente a los 5-6 años de una instalación típica, la instalación colectiva puede hacerlo en 3 ó 4 años.
La principal limitación para realizar los sistemas fotovoltaicos es la falta de espacio para instalar las placas solares. Al existir varios participantes, la superficie disponible será mayor y por tanto, habrán más zonas para elegir lamejor ubicación que optimice la producción fotovoltaica.